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Ayuntamiento de Barbate

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Constitución y gestión de una asociación.

Constituir y gestionar una asociación implica la realización de una serie de trámites. El proceso para tramitar suele ser el mismo, independientemente de que se trate de constituir, modificar o disolver una asociación:

http://www.juntadeandalucia.es/temas/participacion/asociaciones/asociaciones.html

Inscripción de la constitución de una asociación.

El ámbito territorial en el que la asociación realice principalmente sus actividades ha de estar comprendido en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

http://www.juntadeandalucia.es/organismos/justiciaeinterior/areas/asociaciones/inscripcion/paginas/constitucion-asociacion.html

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Reglamento de Participación Ciudadana y de los Órganos de Participación.

Impulsando la participación:

Tendremos la oportunidad de conocer el Reglamento de Participación Ciudadana y los Reglamentos de los Órganos de Participación. Estos documentos serán herramientas normativas que articularán las vías de participación de los barbateños en los diferentes asuntos de su interés.

Desde el Ayuntamiento queremos proporcionar a los barbateños el cauce adecuado que posibilite la participación de todos. Tanto aquellos que formen parte de movimientos, asociaciones o diferentes colectivos como de aquellos que quieran hacerlo de forma individual.

El objetivo de estos documentos será facilitar a los ciudadanos su implicación en el trabajo por la ciudad.

Es muy positiva la participación de todos en los asuntos del día a día de su distrito y en los diferentes barrios porque con el trabajo de todos avanzaremos más y mejor en la construcción de un pueblo cada vez más inclusivo, más moderno, que se atreva con nuevos retos, se transforme día a día y que tenga una clara proyección de futuro.

Apostamos por el fomento de la participación ciudadana y animo a todos a su ejercicio para trabajar unidos, siempre respetando el cumplimiento de la normativa establecida que proporciona a todos y cada uno de nosotros, la oportunidad de intervenir desde la responsabilidad y convertirnos en agentes activos del cambio en los diferentes temas de interés que nos afectan. Os animo también a que realicéis todas aquellas aportaciones que consideráis oportunas para continuar mejorando Barbate cada día.

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Con la intención de facilitar el acceso de los ciudadanos a los recursos asociativos existentes en el término municipal de Barbate, (siempre según los datos obrantes en el registro municipal de Asociaciones, y la voluntad mostrada de forma expresa por las propias entidades) y acercar las Asociaciones a la ciudadanía en general, le informamos que desde la Delegación de Participación Ciudadana del Ayuntamiento de Barbate, vamos a elaborar una Guía Asociativa, para que puedan conocer los recursos sociales, empresariales, culturales, de ocio, etc., activos en nuestro municipio, en el ámbito del tejido asociativo.

Las asociaciones se han convertido en agentes sociales de primer orden, con un papel de relevancia en el desarrollo social, cultural, y económico, por ello la Administración Local como la más cercana a los ciudadanos, conocerá de primera mano el tejido asociativo, su funcionamiento, demandas, debilidades y fortalezas. El Ayuntamiento, poniendo por bandera la cercanía, intentaremos implementar actuaciones para hacer frente a la mayor parte de demandas.

Es posible que haya colectivos que hacen una magnífica labor y que no aparecen, bien porque ese haya sido su deseo o bien por desconocimiento. Si conoce algún caso le rogamos se ponga en contacto con nosotros, pretenderemos que esta guía esté permanentemente viva, la actualizaremos con las altas y bajas de asociaciones que puedan producirse.

Estamos convencidos de que esta publicación va a contribuir también a fomentar el voluntariado y la participación ciudadana.

Solicitud para formar parte de la Guía de Recursos Asociativos

Datos para la Guía de Recursos Asociativos del Término de Barbate

Legislación

REGISTRO MUNICIPAL DE ASOCIACIONES

La finalidad es conocer el número de entidades existentes en el municipio, sus fines, representatividad a los efectos de posibilitar una correcta política municipal de fomento del asociacionismo.

La existencia de un tejido asociativo dinámico en el término municipal de Barbate es esencial para construir una sociedad más rica en proyectos y servicios así como avanzar en canales y proyectos participativos.

Podrán inscribirse todas aquellas entidades sin ánimo de lucro cuyo objeto sea la defensa, fomento o mejora de los intereses generales o sectoriales del término municipal y en particular las asociaciones de vecinos y vecinas de barrio, padres y madres, entidades culturales, deportivas, juveniles, profesionales y cualesquiera otra similares que teniendo su domicilio social o delegación abierta en el término municipal de Barbate, realicen actividades que redunden en beneficio de los ciudadanos de Barbate:

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Según artículo 28 de nuestro Reglamento de Participación Ciudadana, en el ámbito territorial del Municipio de Barbate, el Pleno podrá acordar la creación de Consejos de Barrio y Pedanías, constituidos como órganos de participación territorial localizada y cuya composición, organización, régimen de funcionamiento, funciones y ámbito competencial se ajustarán a lo establecido en la legislación estatal y autonómica que resulte de aplicación.

Los Consejos de Barrio y Pedanías son espacios de participación que facilitan el encuentro entre ciudadanía, entidades y asociaciones ciudadanas y ayuntamiento para reflexionar conjuntamente sobre los diferentes temas que afectan a la vida cotidiana de cada barrio. Han sido creados para facilitar la participación ciudadana en los asuntos locales y acercar su administración a los vecinos, mejorando a eficacia de los servicios públicos que gestionan.

Estarán compuestos por la Presidencia (Concejal/a de Participación ciudadana) vicepresidencia y secretario (miembros de las asociaciones ciudadanas), un representante de cada grupo político con representación municipal y un representante de cada una de las asociaciones y entidades vecinales pertenecientes al barrio o zona. Los miembros de Consejo no reciben remuneración alguna, e inicialmente, permanecen en el cargo por un periodo de cuatro años, coincidentes con la legislatura municipal.

Actúan como observatorio permanente de la realidad del municipio, analizando su situación y evolución, proponiendo soluciones y alternativas, a través del diálogo y trabajo conjunto entre vecinos y vecinas y el Ayuntamiento.

El Consejo de Barrio y Pedanías queda constituido por la presidencia, vicepresidencia, secretario/a y vocales, sus miembros tienen voz y voto, proponen los asuntos a tratar en el orden del día que confecciona la presidencia, y los acuerdos se alcanzan por mayoría, actúan como órgano colegiado.

Las sesiones que celebran son públicas pudiendo asistir cualquier vecino o vecina del barrio y al final de la sesión, la Presidencia concede un turno de ruegos y preguntas para todo el público asistente, que también pueden canalizar sus propuestas a través de cualquier asociación representada en el Consejo.

El Reglamento de los Consejos de Barrio y Pedanías establece la periodicidad de las sesiones con carácter ordinario, podrán celebrarse trimestralmente y en sesión extraordinaria siempre que lo solicite un tercio del total de los miembros del Consejo.

Los Consejos de Barrio y Pedanías podrán elaborar su propio Reglamento de funcionamiento. Hasta ese momento, será de aplicación lo dispuesto en nuestro Reglamento de Participación Ciudadana.

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Según artículo 27 de nuestro Reglamento de Participación Ciudadana, por cada una de las áreas o conjuntos de la actividad municipal (Pleno Municipal), mediante acuerdo expreso, podrá constituir Consejos Sectoriales, cuya composición, organización, régimen de funcionamiento, funciones y ámbito competencial se ajustarán a lo establecido en la legislación estatal y autonómica que resulte de aplicación.

Los Consejos Sectoriales son los Órganos de participación que canalizan las iniciativas e inquietudes ciudadanas en temas concretos de interés para la ciudad como, por ejemplo, la escuela, el deporte, el medio ambiente, la juventud, las mujeres, la gente mayor, las personas con disminución, la cooperación y la solidaridad y otros similares. Pueden formar parte de un Consejo Sectorial:

  • Personas de especial relevancia y representación en el ámbito sectorial.
  • Representantes de las entidades inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones, con al menos seis meses de antigüedad, que tengan su actividad principal en ese sector y que manifiesten, de la forma que sus estatutos determinen, su voluntad de formar parte. ◉ Representantes de los grupos políticos municipales.
  • Representantes de otras instituciones públicas.

Sus funciones serán similares a las de un Consejo de Distrito aunque limitadas a su sector y se fijarán en el acuerdo de creación. Los asuntos que puedan afectar a más de un consejo se resolverán mediante la consulta o convocatoria conjunta de los consejos afectados.