Exposición Pública Listas Definitivas de la Bolsa de Empleo Municipal.
1.- Cuando las necesidades de los diversos servicios del Ayuntamiento de Barbate así lo requieran, se procederá, mediante resolución de la Alcaldía, que así lo disponga, al llamamiento de las personas que integren la lista, por riguroso orden de puntuación obtenida atendiendo a los criterios de desempate establecidos al efecto.
2.- Si a la entrada en vigor de la presente bolsa, quedasen personas en el Listado de Inclusión Social de Orden de 20 de marzo de 2015 de la Junta de Andalucía que no han sido contratadas, se alternará con el listado de Peones de la bolsa de trabajo, hasta su finalización, siguiendo criterios de la mesa de contratación.
3.-En el supuesto que un mismo aspirante esté seleccionado para ocupar temporalmente dos o más puestos Ofertados en la Bolsa de Trabajo, se le permitirá optar a uno de ellos. En este supuesto el aspirante será excluido de la lista en los puestos de la Bolsa que haya rechazado.
4.- Si varios miembros de una misma unidad familiar participan en la bolsa, solo podrá estar contratado uno de ellos, sin perjuicio de que una vez finalizado el contrato de uno de ellos, pueda ser contratado otro miembro con posterioridad, en el orden en que esté establecido.
DESEMPATES.
En caso de igualdad en la oportuna selección, se tendrán en cuenta los siguientes criterios para resolver el empate que se aplicarán en el orden que a continuación se reflejan:
1. Titular de familias monoparentales.
2. Desempleados de larga duración. Se considera larga duración las personas desempleadas que lleven inscritas “más de doce meses” ininterrumpidamente como demandantes de empleo o al menos “seis meses” si están inscritas como personas trabajadoras agrarias en el Servicio Andaluz de Empleo..
3. Jóvenes que accedan al primer empleo
4. Mujer.
5. Discapacitados funcionales.
Extracto de las bases con información adicional a los requisitos de la solicitud:
Bases que rigen la Bolsa de Trabajo Social del Ayuntamiento de Barbate: