Asociacionismo Juvenil
Asociaciones Juveniles
¿Cómo Constituir una Asociación Juvenil?
El ámbito territorial en el que la asociación realice principalmente sus actividades han de estar comprendido en la Comunidad Autónoma.
Documentación necesaria:
Solicitud de inscripción (original y copia) que se dirigirá a la Delegación Provincial de la Consejería Regeneración Justicia y Administración Local correspondiente al domicilio de la asociación. Deberá contener la identificación del solicitante, cargo que ostenta en la asociación o condición en la que actúa y número de identificación fiscal. Igualmente se identificará la asociación, denominación, domicilio y la dirección de internet que, en su caso, utilice (el Código de Identificación Fiscal se aportará al Registro una vez se haya obtenido). Si la denominación de la asociación no figura en castellano o en alguna de las lenguas de las Comunidades Autónomas, deberá aportarse certificado de la persona que solicita la inscripción registral en el que se expondrá su traducción al castellano o a alguna de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas.
Acta funcional (2 originales; 3 originales si es una asociación juvenil, de padres y madres de alumnos) que deberá estar firmada por todos los socios fundadores( tres como mínimo) asistentes a la asamblea fundacional.
Los Estatutos deberan estar firmados por, al menos, dos socios promotores o sus representantes si fueran personas juridicas o por el presidente y el secretario del orgáno de gobierno, si estuvieran designados ( 2 originales; 3 originales si es una asociación juvenil, de padres y madres de alumnos o de alumnos).
Documentación relativa a cada uno de los socios fundadores:
Si es una persona física: una fotocopia del DNI en vigor el día de la presentación de la solicitud.
Si es una persona jurídica: código de identificación fiscal y certificado (original) del acuerdo válidamente adoptado por el órgano competente, en el que conste la voluntad de constituir la asociación, así como la designación de la persona física que la representará.
Si es un ciudadano extranjero, copia de la tarjeta de residencia en vigor el día de la presentación de la solicitud.
Si es un menor no emancipado de más de 14 años: documento con el consentimiento para la realización de este acto firmado por las personas que deban suplir su capacidad.
Si la denominación coincide con la de cualquier persona jurídica pública o privada, con la de entidades preexistentes, sean o no de nacionalidad española, o con la de personas físicas, deberá aportarse el consentimiento expreso del interesado o sus sucesores. Si incluye en su denominación la de una marca notoria, deberá, aportarse el consentimiento de su titular.
Enlace Consejería :