Bases para el concurso de la bandera oficial de Barbate
El Ayuntamiento de Barbate, con el fin de dotar a nuestra localidad de una bandera, convoca por la presente un concurso de ideas, declarándose éste abierto y público, de manera que a él pueden presentarse todas la personas interesadas en el mismo. Dicho concurso se convoca con arreglo a las siguientes:
BASES Y CONDICIONES
FUNDAMENTACIÓN.- La identidad de todo pueblo está ligada a su cultura, tradición, geografía, paisaje y valores de su gente, además de otras manifestaciones artístico-culturales que establecen un estrecho vínculo de los pobladores con la tierra que habitan. Sobre esta premisa, el municipio de Barbate, consciente de la importancia de afianzar la identidad de sus habitantes y ante la ausencia de este símbolo, convoca el CONCURSO PÚBLICO PARA LA CREACIÓN DE LA BANDERA DEL MUNICIPIO DE BARBATE, PROVINCIA DE CÁDIZ.
PRIMERA.- Constituye el objeto de las presentes bases la convocatoria de un concurso de ideas para la elección de la Bandera del municipio de Barbate (Cádiz), conforme a lo establecido en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de la Entidades Locales de Andalucía.
SEGUNDA.- El presente concurso tendrá carácter abierto y público, pudiendo participar en el mismo todas las personas mayores de 16 años y menores de edad con autorización de los padres o tutores legales, empresas, clubes, colegios, asociaciones, etc. Tanto si se trata de personas físicas como en el caso de personas jurídicas, centros o colectivos de cualquier clase, sólo se admitirá un máximo de tres propuestas por cada uno de ellos.
TERCERA.- El plazo de presentación de los trabajos se iniciará con la exposición al público en el tablón de edictos de la Corporación y de los sitios más frecuentados, así como en la web del Ayuntamiento, de la convocatoria del presente concurso, y finalizará a las catorce horas del día 10 de julio de 2018.
CUARTA.- Los trabajos se presentarán en formato A-4 apaisado y en otro formato a elegir (CD formato Word, tela, pintado, …) bien diseñados por ordenador ó a mano. A los mismos se habrá de acompañar una breve memoria explicativa sobre las razones de la propuesta presentada, con una extensión no superior a 20 líneas.
Los trabajos se presentarán en sobre cerrado, sin datos personales del autor, solamente se expresará un pseudónimo en la parte exterior del sobre. Debe figurar otro sobre adjunto con los datos del participante en el interior y con el mismo pseudónimo en el exterior. Este sobre permanecerá cerrado a efectos de no conocer la identidad del autor hasta que se produzca el fallo definitivo del jurado.
Los trabajos se presentarán, dentro del plazo establecido al efecto, en el Ayuntamiento de Barbate, durante el horario de mañana, de 9:00 a 14:00 horas, o bien por correo ordinario.
QUINTA.- Los motivos y colores de la bandera evocarán aspectos del paisaje, geografía, historia, cultura, tradiciones, costumbres y valores del municipio de Barbate. Deberá considerarse, en el diseño de la bandera, el actual escudo del municipio de Barbate para efectos de armonía de color, significado y otros, pudiéndose incluir dicho escudo en el diseño de la bandera. No obstante, no se excluye ningún color.
SEXTA.- El Jurado estará compuesto por los siguientes miembros: D. Sergio Román Gutiérrez, D. Francisco Narváez, D. Juan Carlos Muñoz, D. Antonio Alba, D. Miguel Relinque, D. Jesús Montero, secretaria de la Corporación o funcionario que legalmente le sustituya.
SÉPTIMA.- Los criterios de calificación en base a los cuales se seleccionarán los trabajos presentados, serán los siguientes:
– Creatividad y originalidad.
– Mensaje y significado.
– Concordancia con el lema del escudo municipal.
– Que represente, incluya referencia o simbolice el paisaje, geografía, historia, cultura, tradiciones, costumbres y valores de Barbate y su territorio.
OCTAVA.- Finalizado el plazo de presentación de ideas, se someterán todas las presentadas a información pública, conforme a lo previsto en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía.
Finalizado dicho período de información pública, y con el resultado de la misma, el Jurado se reunirá para hacer público su Fallo, que será inapelable.
El trabajo elegido será presentado como propuesta de símbolo por el Pleno de la Corporación a la Junta de Andalucía, para su informe. Si aquél no fuera estimado por ésta, se presentaría el segundo más votado o el tercero, si hubiere lugar a ello.
NOVENA.- Se entenderán cedidos al Ayuntamiento de Barbate todos los derechos de propiedad intelectual que pudieran derivarse de las ideas premiadas, por el sólo hecho de participar en el mencionado concurso.
DÉCIMA.- Dentro de los quince días siguientes a la finalización del plazo de presentación de ideas, se abre el plazo de información pública, con duración de 20 días, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP) y en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Barbate y página web del Ayuntamiento.
UNDÉCIMA.- Para lo no previsto en las presentes bases se estará a lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de octubre, de símbolos, tratamientos y registro de las Entidades Locales de Andalucía y en la legislación del régimen local.
El alcalde,
Miguel Molina Chamorro