Con motivo de las Fiestas Navideñas, se desarrollan celebraciones en establecimientos fijos o eventuales, que son promovidos por particulares o entidades y que conllevan la concentración masiva de personas. Ante estos hechos, para regularizar las condiciones técnicas y de seguridad que deben reunir dichos establecimientos públicos, conforme a lo dispuesto en el decreto 195/2007, de 26 de junio, por el que se establecen las condiciones generales para la celebración de espectáculos públicos y actividades recreativas de carácter ocasional y extraordinario, así como con objeto de salvaguardar la seguridad de los concurrentes, SE HACE SABER QUE ES OBLIGATORIO, CONFORME A LA LEGISLACIÓN VIGENTE, LA
OBTENCIÓN DE AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PREVIA. ESTA AUTORIZACIÓN DEBERÁ SOLICITARSE CON UNA ANTELACIÓN DE 30 DÍAS NATURALES ANTES DE LA CELEBRACIÓN DEL EVENTO.
FIESTAS NAVIDAD Y COTILLON FIN DE AÑO
La solicitud deberán presentarla en el Registro General de este Ayuntamiento, debiendo abonar las tasas correspondientes y adjuntando la documentación completa requerida en cada supuesto:
1.- ESTABLECIMIENTOS CON LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA EN VIGOR QUE AMPARE ESTAS CELEBRACIONES (DISCOTECAS, SALAS DE FIESTAS Y SALONES DE CELEBRACIONES)
No estarán sujetas a la obtención de la preceptiva autorización, siempre que no se modifique las condiciones impuestas en la licencia municipal concedida.
2.- ESTABLECIMIENTOS CON LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA EN VIGOR QUE NO AMPARE EXPRESAMENTE ESTAS CELEBRACIONES (RESTAURANTES, BARES, PUBS, ETC).
Deberán solicitar Autorización Municipal Previa con carácter extraordinario, acompañando la siguiente documentación:
Documentación técnica suscrita por técnico competente, según Anexo que se adjunta al presente Bando.
Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, de conformidad con la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
Copia del contrato con Empresa de Seguridad inscrita en el Registro del Ministerio del Interior.
Declaración responsable sanitaria, según modelo normalizado que le será facilitado en el Servicio Municipal de Urbanismo.
3.- ESTABLECIMIENTOS SIN LICENCIA MUNICIPAL DE APERTURA.
Deberán solicitar Autorización Municipal Previa con carácter ocasional, acompañando la siguiente documentación:
Título de Propiedad o contrato de arrendamiento.
Documentación técnica suscrita por técnico competente, según Anexo que se adjunta al presente Bando.
Póliza de Seguro de Responsabilidad Civil, de conformidad con la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía.
Copia del contrato con Empresa de Seguridad inscrita en el Registro del Ministerio del Interior.
Declaración responsable sanitaria, según modelo normalizado que le será facilitado en el Servicio Municipal de Urbanismo.
En todo los casos habrá que dar cumplimiento a la normativa vigente en cuanto a LA PROHIBICIÓN DE ACCESO Y PERMANENCIA DE PERSONAS DE EDAD INFERIOR A 16 AÑOS EN LOS ESTABLECIMIENTOS ESPECIALES DE HOSTELERÍA CON MÚSICA Y EN LOS ESTABLECIMIENTOS DE ESPARCIMIENTO.
Por todo lo anteriormente expuesto, se HACE SABER QUE quedan prohibidos los cotillones de fin de año que no se ajusten a los requisitos exigidos en la legislación vigente y carezcan de la correspondiente autorización municipal. Caso contrario, se incoará el correspondiente expediente sancionador que proceda, conforme a lo dispuesto en el artículo 18 y ss. de
la Ley 13/1999, de 15 de diciembre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas de Andalucía, sin perjuicio de la clausura del establecimiento.
SE RECUERDA LA NECESIDAD DE CUMPLIR ESTRICTAMENTE CON TODAS LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE PROTECCIÓN FRENTE AL COVID-19. ESTE AYUNTAMIENTO DARÁ CUMPLIDA INFORMACIÓN DE LOS CAMBIOS QUE SE PRODUZCAN EN ESTAS MEDIDAS DERIVADOS DE LA SITUACIÓN DE LA PANDEMIA.
Lo que se hace público para el general conocimiento, no sólo de las personas o entidades interesadas en la celebración de los citados eventos, sino también para aquellas personas que pretendan asistir a ellas, a las que se les recomienda que se informen previamente si el establecimiento cuenta con la Autorización Municipal correspondiente, signo éste que acredita que cumple con los requisitos exigidos por la normativa vigente.
EL ALCALDE,
Fdo: Miguel Francisco Molina Chamorro
ANEXO
PARA LA LICENCIA DE INSTALACION:
1.- PROYECTO DE INSTALACIÓN, VISADO.
2.- AUTORIZACIÓN DE ORGANISMOS SECTORIALES, EN SU CASO.
PARA LA AUTORIZACION DE FUNCIONAMIENTO:
1.- CERTIFICADO DE SEGURIDAD Y SOLIDEZ, VISADO, según modelo del Ayuntamiento de Barbate
2.- CERTIFICADO FINAL DE OBRAS, VISADO, se acompañara de:
-Documentos de seguimiento y control.
-Descripción de modificaciones, en su caso, y su repercusión en el cumplimiento de la normativa.
-Controles realizados.
3.- EN CUANTO A LA INSTALACIÓN ELÉCTRICA, se presentará:
-Hoja Justificante de presentación de documentación en Industria.
-Comunicación de puesta en funcionamiento en Industria.
-Certificados de la instalación eléctrica suscritos por el INSTALADOR AUTORIZADO.
-Certificado de inspección de la instalación eléctrica de baja tensión por un Organismo de Control Autorizado para tal fin (OCA).
-Certificado final de obras de la instalación eléctrica, VISADO.
4.-CERTIFICADO DE EMPRESA INSTALADORA Y MANTENEDORA DE CONTRA INCENDIOS.
5.- DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DE FABRICANTES DE ESTRUCTURAS LAYHER, CARPAS, ETC.
6.-CERTIFICADOS DE IGNIFUGACIÓN.
7.- DECLARACIÓN RESPONSABLE DE LOS TÉCNICOS, certificando que todos los Certificados de materiales y equipos aportados en el Certificado Final de Obras, en los documentos de seguimiento y control, los certificados de extintores y los certificados de materiales ignífugos, se corresponden con los materiales y equipos instalados en el festival.
8.-EN EL SUPUESTO DE PREPARAR COMIDA, en su caso, la documentación técnica será:
-Certificado de la instalación de gas por instalador autorizado, cuando funcionen con gas.
-Certificado de la instalación eléctrica por instalador autorizado, cuando funcionen con electricidad.
-Cuando los certificados tengan una antiguedad mayor a 5 años, se deberá presentar, además, certificado de revisión de la instalación.